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Exalcalde de Pallasca Risco condenado por falsa declaración

Pallasca

Exalcalde de Pallasca Risco condenado por falsa declaración

Sentencia suspendida por un año.

El exalcalde de la Municipalidad Distrital de Pallasca, Nicolás Risco Orbegozo (52), recibió una condena de dos años de prisión efectiva, con la ejecución suspendida por un año, después de que lo hallaran culpable del delito de falsa declaración en procedimiento administrativo en perjuicio del Jurado Nacional de Elecciones.

La Fiscalía acusó a Nicolás Risco de haber incluido información falsa en la declaración jurada presentada al ente electoral para participar en las elecciones municipales de 2014. Según los documentos, el sentenciado afirmó haber cursado la carrera técnica de enfermería en el Instituto Internacional de Superación, con sede en la ciudad de Trujillo.

Sin embargo, durante la investigación se obtuvo el oficio 1362-2016 del Gobierno Regional de La Libertad, el cual desmentía la existencia de algún diploma que acreditara dichos estudios técnicos en sus archivos. En su defensa, Risco alegó que su personero legal era el responsable del error, pero no logró probar esta afirmación durante el juicio.

Tras el juicio oral, el juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia del Santa dictó sentencia de dos años de prisión efectiva para Risco, con la ejecución suspendida por un año.

Exalcalde sentenciado deberá presentarse cada mes para firmar.

Durante este período de prueba, el condenado deberá presentarse al juzgado al final de cada mes para firmar y reportar sus actividades. Además, Risco no podrá cambiar de domicilio sin previa autorización del juzgado y deberá pagar una reparación civil de 500 soles a favor del Estado.

De acuerdo con el artículo 411 del Código Penal, «El que en un procedimiento administrativo hace una falsa declaración en relación con hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida por ley, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de uno ni mayor de cuatro años».

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