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Perú

T.C. ordena al Minsa entregar gratis la píldora del día siguiente

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Píldora del día siguiente gratis en todo el Perú
Deberá ser entregada en cualquier centro de salud del Estado a nivel nacional.

Disposición rige en todo el Perú.

El Tribunal Constitucional (TC) ordena que el Ministerio de Salud (Minsa) entregue gratuitamente el anticonceptivo oral de emergencia (AOE).

El anticonceptivo, conocido como la píldora del día siguiente, deberá ser entregada en cualquier centro de salud del Estado a nivel nacional.

Así lo estableció en la sentencia recaída en el expediente N.º 00238-2021-PA/TC, que declaró fundada la demanda interpuesta por Violeta Cristina Gómez Hinostroza.

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Gómez Hinostroza, demandó al Minsa, por haberse vulnerado los derechos reproductivos, así como a recibir información y a la igualdad y no discriminación.

La entrega, se hará previa información adecuada, precisando que debe ser usada en situaciones excepcionales, por cuanto no puede sustituir a los anticonceptivos ordinarios.

Asimismo, el TC dispone que el Minsa, desarrolle, como política pública de planificación familiar, la distribución nacional gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE).

En el fundamento 41, establece que los derechos reproductivos se circunscriben al reconocimiento de las personas, en este caso de la mujer, de decidir libre y responsablemente si desea tener hijos, la oportunidad de la reproducción, con qué frecuencia, cuántos hijos tener, elección de la persona con quien desea tener hijos, o elegir el método anticonceptivo de su preferencia.

Para tal efecto, resulta imperativo que las mujeres tengan a su alcance toda la información y todos los métodos anticonceptivos que el Estado les pueda suministrar para que, en ejercicio de dicha libertad, puedan elegir de modo responsable e informado.

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La sentencia que declaró fundada esta demanda fue suscrita por los magistrados Francisco Morales Saravia, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich. Los magistrados Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse, emitieron votos singulares que declaran infundada la demanda.

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