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Pallasca

Señor Fiscal de la Nación, sin tinterilladas

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Aunque Carlos Ramos Heredia dice estar dispuesto a ser investigado, en el fondo hace todo lo posible por evitarlo.

 

 

01/10/2014 «Yo asisto y colaboro con el Congreso cuando me cita por diversas situaciones. Soy muy respetuoso. Si todo está ‘dentro del marco constitucional’, yo estoy a disposición de las personas que me quieran investigar”, declaró en RPP el fiscal de la Nación, Carlos Ramos Heredia, luego de que se conociera que la comisión parlamentaria que indaga los presuntos actos de corrupción en la región Áncash lo investigará (al igual que al ex titular del Ministerio Público José Peláez; el fiscal Dante Farro Murrillo, expresidente de la Junta de Fiscales Superiores del Santa; y el fiscal Marco Leopoldo de la Cruz, actual titular de esta junta).

Ramos Heredia dijo algo más: «Nadie puede ser investigado por dos o tres órganos del Estado [en referencia al Consejo Nacional de la Magistratura –CNM–] por el mismo tema».

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Pero esto no es cierto. El Tribunal Constitucional emitió en el 2006 una sentencia en la que se precisaba que el Congreso de la República y el CNM son dos instancias distintas que no se contraponen:

«…es posible afirmar que la Constitución, por un lado, reconoce la facultad del Congreso de la República para imponer la sanción de destitución a los vocales supremos; y, por otro, atribuye también al CNM la potestad de sancionar a dichos vocales con la destitución. ¿Quiere ello decir que hay una contradicción interna en la Constitución? A juicio de este Colegiado, no. Si se considera que la Constitución, en tanto norma jurídico-política, es una unidad –principio de unidad de la Constitución–, tales facultades tienen que ser armonizadas sin que ello implique desconocer la facultad sancionadora que la propia Constitución ha reconocido tanto al Congreso como al CNM –principio de concordancia práctica y corrección funcional–…. No es éste el ámbito en el cual la Constitución le ha reconocido al CNM la potestad de sancionar con destitución a los vocales supremos. Si se tiene en cuenta que el Congreso de la República tiene competencia para destituir a los vocales supremos por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de la función, es obvio que estos presupuestos no son los que habilitan al CNM para sancionar a los vocales supremos. Por el contrario, el ámbito dentro del cual el CNM puede aplicar la sanción de destitución a los vocales supremos es en el disciplinario.»

En opinión de Glatzer Tuesta, director de Ideeleradio, el Congreso puede hacer un procedimiento porque en el caso de Áncash, el fiscal Ramos Heredia, ha cometido una infracción constitucional, se ha cometido delitos; el CNM sólo ve cuestiones disciplinarias. Por tanto, son procedimientos distintos. «El fiscal Ramos, lejos de estar buscando tinterilladas para salir bien librado, tiene que responder ante los cuestionamientos. Hay que recordar que él ha pedido la inhibición del consejero Gonzalo García Núñez, quien lo había denunciado ante el CNM; también ha pedido que se inhiban los cinco casos vinculados a Áncash que lo hacen ponente. Hay una vocación de Ramos de interrumpir las investigaciones. Ahora quiere hacer lo mismo con el Congreso, que al igual que el CNM lo pueden seguir investigando», señala.

Ramos Heredia x 5

Lo cierto es que Ramos Heredia enfrenta cinco procesos indagatorios en el CNM. Recientemente las pesquisas giran en torno a las sanciones que impuso –cuando era fiscal supremo de Control Interno– contra los magistrados que investigaron al ex presidente de la región Áncash César Álvarez. El congresista Modesto Julca también lo ha denunciado por haber destituido al fiscal Checa Matos y suspendido al fiscal superior Marco de la Cruz Espejo. Asimismo se le investiga por las medidas disciplinarias que habría dispuesto contra 12 fiscales de Huaraz por una intervención a un vehículo del Gobierno Regional de Áncash en el que se habría transportado dinero para pagar a los partidarios de César Álvarez.

Mientras duren estas investigaciones  ¿no debería apartarse del cargo? (Textos: Alberto Ñiquen G.)

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