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hace 7 años,
Se veía venir. El Jurado Electoral Especial del Santa (JEES) recibió dos (02) solicitudes del ciudadano Gregorio Lázaro Salinas, quien ha pedido la exclusión de la contienda electoral, de los dos principales candidatos a la municipalidad provincial de Pallasca, en la región Áncash.
Se trata de Alex Lara Vivar y Marcial Valerio Chávez que actualmente son alcaldes en los distritos pallasquinos de Conchucos y Pampas, respectivamente, y postulan al cargo de alcalde provincial, el primero por “Somos Perú” y el segundo por “Siempre Unidos”.
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Lázaro Salinas ha solicitado, que ambos sean excluidos del proceso electoral por cuanto sus candidaturas vulneran el artículo 94 ° de la Constitución Política, modificada por la Ley N° 30305, la misma que establece que “no hay reelección inmediata para los alcaldes. Transcurrido otro periodo, como mínimo, pueden volver a postular bajo las mismas condiciones”.
La solicitud de exclusión usa como una de sus motivaciones el hecho de que el JNE, mediante Resolución N° 442-2018, hace algunas “precisiones” e indica que la prohibición de reelección alcanza para aquellos alcaldes que fueron elegidos en los comicios municipales de 2014 (periodo 2015-2018).
“El criterio del Tribunal Electoral del JNE es contundente; no hace distingos si postulan a otra jurisdicción o en la misma jurisdicción, unifica el criterio señalado que la reelección inmediata de alcaldes se encuentra prohibida en todos sus extremos”, se lee como argumento del escrito.
También se ha presentado como otro argumento el hecho de que el JEE de Morropón ha excluido de las elecciones a Aldo Erick Álvarez Ocaña, actual alcalde del distrito San Juan de Bigote (provincia de Morropón) y candidato a la alcaldía distrital de Canchaque (provincia de Huancabamba) por el partido Democracia Directa, por considerar que estaba postulando a la reelección. Esta decisión ha sido apelada y el JNE todavía no se pronuncia.
Ahora será el JEE del Santa que tendrá que pronunciarse ante estos dos pedidos de exclusión, en caso que alguna de las partes no la encuentre conforme la Resolución, el caso pasará en definitiva al Pleno del JNE en Lima.
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