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hace 2 años,
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República aprueba por unanimidad el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3011/2022-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1350, a fin de establecer la vigencia del pasaporte electrónico ordinario por 10 años.
Durante la sustentación del dictamen, se indicó que el Perú pertenece al 5 % de países que expende pasaportes electrónicos con una vigencia de solo 5 años, dado que la tendencia mundial es de 10 años.
En efecto, revisando el derecho comparado, países de la región como Colombia, Ecuador, Argentina, Chile, Venezuela y Uruguay expiden sus pasaportes con 10 años de vigencia. Lo mismo ocurre en otros países como España, México, Canadá y EE.UU.
Asimismo, se resaltó que la norma afectaría a los documentos emitidos luego de su entrada en vigencia, no a los entregados de manera anterior.
La iniciativa modifica el artículo 20 del DL 1350 para incorporar el término “pasaporte electrónico ordinario” y precisar que este es expedido por la Superintendencia Nacional de Migraciones y en el extranjero es expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior.
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