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Pallasca

Áncash encabeza solicitudes de revocatoria 2017 presentadas a la ONPE.

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Cuenta con ocho (08)  de veintiséis (26) solicitudes.

Veintiséis (26) solicitudes de revocatoria de todo el Perú, con las firmas de adherentes exigidas por ley, fueron recibidas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al término del plazo establecido por el Jurado Nacional de Elecciones, de ellas ocho (08) corresponden a la región Áncash.

Estas solicitudes buscan poner término al mandato de autoridades de ámbito distrital durante la consulta popular de revocatoria prevista para el 11 de junio de 2017.

La Secretaría General de la ONPE evaluará las solicitudes recibidas y de cumplir con los requisitos legales, se procederá a su admisión. En aquellos casos que no cumplan con los requisitos legales se denegará la solicitud, mediante resolución la cual  será notificada al promotor o representante.

Contra las resoluciones que declaran la improcedencia de una solicitud de revocatoria procede el recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo de no mayor de 15 días calendario.

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No procede recurso alguno contra dicha resolución y el JNE  convoca a consulta popular  para las solicitudes que han sido admitidas.

Autoridades distritales que podrían ir a revocatoria 2017

  1. Distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, Ancash.
  2. Distrito de Succha, provincia de Aija , Ancash.
  3. Distrito de Masin, provincia de Huari, Ancash.
  4. Distrito de Huacllan, provincia de Aija,  Ancash.
  5. Distrito de Macate, provincia de Santa, Ancash.
  6. Distrito de Pamparomas, provincia de Huaylas, Ancash.
  7. Distrito de Coris, provincia de Aija, Ancash.
  8. Distrital de Llama, provincia de Mariscal Luzuriaga, Ancash.
  9. Distrito de Soraya, provincia de Aymaraes, Apurimac.
  10. Distrito de Tumayhuaraca, provincia de Andahuaylas, Apurimac.
  11. Distrito de Turpay, provincia de Grau,  Apurimac.
  12. Distrito de Ayo, provincia de Castilla, Arequipa.
  13. Distrito de Ocoña, provincia de Camana, Arequipa.
  14. Distrito De Tisco, provincia De Caylloma,  Arequipa.
  15. Distrito de San Cristobal, provincia de Luya, Amazonas.
  16. Distrito de Chiara, provincia De Huamanga,  Ayacucho.
  17. Distrito de Colta, provincia de Paucar Del Sara Sara, Ayacucho.
  18. Distrito de Utco, provincia de Celendin, Cajamarca.
  19. Distrito de San Pedro, provincia de Canchis,  Cusco.
  20. Distrito de Rondos, provincia de Lauricocha, Huanuco.
  21. Distrito de Condomarca, provincia de Bolivar, La Libertad.
  22. Distrito de Sitabamba, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad.
  23. Distrito de Zuñiga, provincia de Cañete, Lima.
  24. Distrito de Madean, provincia de Yauyos, Lima.
  25. Distrito de Phara, provincia de Sandia, Puno.
  26.  Distrito de Camilaca, provincia de Candarave, Tacna.

Datos

Este año se adquirieron 932 kits electorales para la recolección de firmas de adherentes para promover la revocatoria de sus autoridades de ámbito regional y municipal, un número reducido frente a los 2,247 kits  adquiridos para la consulta popular de revocatoria de 2012.

Esta disminución se debió evidentemente a  que la nueva legislación aprobada por el Congreso de la República en abril de 2015 eliminó la continua realización de nuevas elecciones de autoridades para reemplazar a las revocadas y, además,  estableció que las revocadas sean reemplazadas por los accesitarios o suplentes.

Asimismo, fijó que los promotores de revocatoria deben fundamentar sus solicitudes, y exige que tanto promotores y autoridades rindan  cuenta de los recursos que financien sus campañas.

Así, estos cambios –impulsados por el Sistema Electoral –  evitan que la revocatoria, cuya naturaleza es estar al servicio de la población, sea utilizada  por intereses ajenos al control ciudadano.

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