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hace 6 años,
Conforme a los cambios en la Ley de Bancarización, dispuestos por la Ley 30730, desde el próximo martes 21 de agosto se prohibirá el uso de dinero en efectivo para la compra de vehículos e inmuebles cuyos valores sean iguales o que superen las 3 UIT , equivalente a los 12 mil 450 soles.
“La referida ley fue publicada en febrero de este año a fin de evitar el riesgo de evasión fiscal, lavado de activos y actos de corrupción, que deben de tener en cuenta los que venden y compran inmuebles y vehículos, así como las personas que adquieren el capital social de una persona jurídica.”, señala la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Con esta ley se ayudará en la formalización de la economía y prevenir presunto lavado de activos siguiendo la ruta del dinero”, dijo José Verona el experto tributarista del Grupo Verona
La nueva ley dispone la bancarización obligatoria en las operaciones siguientes: en la constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles; en la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; y en la adquisición, aumento y reducción de participaciones en el capital social de una persona jurídica.
La norma precisa que los notarios y los jueces que den fe o formalicen actos jurídicos en los tres casos referidos, deben dejar constancia (en la escritura pública) sobre el medio de pago bancario utilizado.
Los notarios, jueces y registradores que no cumpla con verificar e insertar el medio de pago bancario utilizado podrán ser sancionados administrativamente de acuerdo a ley.
Finalmente, respecto a los medios de pagos, la ley permite los depósitos en cuentas bancarias, los giros, las transferencias de fondos, las órdenes de pago, las tarjetas de débito expedidas en el país y las tarjetas de crédito expedidas. También se incorporan los cheques en general, las remesas bancarias y las cartas de crédito.
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