Publicado
hace 4 años,
El Poder Ejecutivo mediante el Decreto de Urgencia Nro. 127-2020, publicado en diario oficial El Peruano, prorrogó la modalidad del trabajo remoto hasta el 31 de julio de 2021 y estableció el derecho de los trabajadores a la desconexión digital.
En ese sentido, el trabajador que realiza trabajo remoto tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de sus servicios, fuera de su jornada de trabajo y durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.
Por tanto, se establece que el empleador no pueda exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral fuera de la jornada de trabajo o durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.
250,000 trabajadores
“El trabajo remoto es una figura que nos acompaña desde el inicio de la crisis sanitaria y se ha ido consolidando, mes a mes. Hoy tenemos cerca de 250 mil trabajadores bajo esta modalidad, lo cual significa que está siendo usada intensamente y es de mucha utilidad para trabajadores y empleadores”, señaló el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Javier Palacios Gallegos.
La prórroga del trabajo remoto rige tanto para el sector privado y público, pero que, en el caso del sector público será la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR- quien emitirá las disposiciones complementarias sobre la materia.
Somos un equipo de personas que creemos firmemente en la necesidad de canales de información alternativos que proporcionen acceso al conocimiento y a las noticias que los grandes medios informativos tradicionales, a menudo, ignoran o distorsionan, para que los ciudadanos puedan tomar sus propias decisiones, informadas y en libertad.