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hace 8 años,
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), presidido por el doctor Víctor Ticona Postigo, convocó a Consulta Popular de Revocatoria para el próximo domingo 11 de junio en 27 distritos de diversos puntos del país.
El proceso comprende a 89 autoridades municipales (26 alcaldes y 63 regidores) que pertenecen a los distritos de La Jalca y San Cristóbal (departamento de Amazonas); Coris, Huacllán, Succha, Masin, Pamparomas, Santa Cruz, Llama, Macate (Áncash); Tumay Huaraca, Soraya y Turpay (Apurímac).
Asimismo a los distritos de Ocoña, Ayo, Tisco (Arequipa); Chiara, Colta (Ayacucho); Utco (Cajamarca); San Pedro (Cusco); Rondos (Huánuco); Condormarca, Sitabamba (La Libertad); Zúñiga, Madean (Lima); Phara (Puno) y Camilaca (Tacna).
La consulta fue convocada mediante la Resolución N° 0046-2017-JNE, rubricada por el titular del Pleno del JNE, doctor Víctor Ticona Postigo, y por los miembros de la institución Raúl Chanamé Orbe, Ezequiel Chávarry Correa y Jorge Armando Rodríguez Vélez.
Por otro lado, se definió que desde el 1 de abril próximo se instalarán e iniciarán sus actividades los Jurados Electorales Especiales de Arequipa, Cusco, Huaraz, Lima y Trujillo, órganos temporales que en primera instancia impartirán justicia en materia electoral durante este proceso.
La solicitud de revocatoria procede una sola vez en el período del mandato de las autoridades y no implica nuevas elecciones, ya que los revocados son reemplazados en el caso del alcalde por el primer regidor accesitario y si se trata del regidor por el correspondiente accesitario de su lista.
Además, para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidos y deberá haber asistido por lo menos el 50 por ciento de los electores hábiles del padrón electoral.
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