Perú
Pedro Castillo, Betssy Chávez y Huerta reciben más de 11 años por el golpe fallido
Publicado
hace 2 meses,
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema emite la condena más contundente en un caso de quiebre institucional reciente en el Perú. Los jueces José Neyra Flores y Norma Carbajal Chávez dictan una condena de 11 años, 5 meses y 15 días de prisión para Pedro Castillo por conspiración para la rebelión, decisión que coloca este fallo entre los más relevantes de los últimos años. La condena también alcanza a Betssy Chávez y Willy Huerta, mientras que Aníbal Torres recibe una reducción debido a su edad avanzada. Este hecho se convierte en el punto de partida del análisis sobre cómo el sistema judicial evalúa un intento deliberado de alterar el orden constitucional.
¿Qué ocurrió y qué decidió la Corte Suprema?
La Corte Suprema determinó que Castillo planificó y ejecutó un intento de golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022. Los jueces evaluaron su mensaje a la Nación, donde anunció el cierre del Congreso, la intervención del sistema de justicia y la instauración de un régimen de excepción. El tribunal concluyó que Castillo actuó con plena convicción y coordinó acciones para concretar su plan, por lo que aplicó la pena de 11 años, 5 meses y 15 días.
La Sala aplicó la misma pena a Betssy Chávez y Willy Huerta. En el caso de Aníbal Torres, la condena se redujo a 6 años y 8 meses por su condición de adulto mayor de más de 80 años.
El tribunal también impuso dos años de inhabilitación y una reparación civil de 12 millones de soles para todos los sentenciados. Este monto se paga de manera solidaria. La Sala, además, descartó suspender la pena o permitir el arresto domiciliario. Sin embargo, sí suspendió la ejecución de la condena de Torres y Huerta hasta que la segunda instancia revise sus casos, ya que ambos permanecen en libertad.
¿Quiénes integraron la votación de la sentencia y qué resolvieron?
Los jueces José Neyra Flores y Norma Carbajal Chávez conformaron la mayoría que validó la acusación de la Fiscalía en su forma más sólida: conspiración para la rebelión. El juez Iván Guerrero López emitió un voto en discordia.
La Sala también rechazó los pedidos para anular el juicio oral. Las defensas habían solicitado la nulidad del proceso alegando falencias formales, principalmente relacionadas con la supuesta vacancia y acusación ilegal de Castillo. El Tribunal Constitucional ya había resuelto ese punto, por lo que la Sala lo desestimó y avanzó con la evaluación de las pruebas.
¿Por qué la Sala concluye que existió conspiración?
Los jueces Neyra y Carbajal sostienen que Castillo realizó actos concretos previos al mensaje del 7 de diciembre. Este punto resulta crucial para diferenciar un mensaje político de un acto de ejecución.
La Sala señala cuatro hechos clave:
- Cambio en el Ministerio de Defensa. Castillo reemplazó al ministro de Defensa y colocó a Emilio Bobbio días antes del golpe fallido.
- Intento de remover al comandante general del Ejército. Castillo intentó cesar a Walter Córdova y avanzar con un relevo abrupto en la cúpula militar.
- Coordinaciones directas con Betssy Chávez y Aníbal Torres. Los metadatos del archivo del mensaje a la Nación revelan que ambos participaron en la reunión del 6 de diciembre donde se redactó el discurso.
- Acciones para concretar el golpe. La resolución que cesó a Córdova y la llamada de Castillo al jefe de la Policía para impedir el ingreso de congresistas y detener a la fiscal de la Nación muestran intención de materializar el golpe.
El tribunal concluye que el golpe no se limitó al discurso. La sentencia afirma que existieron actos deliberados para ejecutar un plan que buscó alterar el orden constitucional.
¿Por qué no existe condena por rebelión?
La rebelión exige un alzamiento armado. La Sala sostiene que Castillo y sus coacusados no lograron reunir medios materiales ni personal suficiente para un levantamiento de esa naturaleza. Ese impedimento limitó la escala de la condena y definió el marco jurídico que sustentó la condena a Pedro Castillo.
La Sala decidió desvincularse de la acusación por rebelión y calificar los hechos como conspiración para la rebelión. Esta figura penal se ajusta a los actos de preparación destinados a romper el orden democrático y sustenta el enfoque final de la condena a Pedro Castillo en el fallo.
¿Qué determinó la Sala sobre Betssy Chávez?
Los jueces sostienen que Chávez conoció el contenido del mensaje a la Nación. Convocó a los periodistas del canal del Estado para transmitirlo, pero evitó dar detalles porque sabía que el discurso contenía medidas inconstitucionales. También intentó oficializar las medidas anunciadas mediante un decreto supremo.
Para la Sala, Betssy Chávez actuó con conocimiento y voluntad para apoyar el quiebre institucional.
6. ¿Qué responsabiliza el tribunal a Aníbal Torres?
La Sala concluye que Torres formó parte de la conspiración. El tribunal destaca su participación en la reunión del 6 de diciembre donde se redactó el mensaje golpista. La edad de Torres redujo la pena, pero no anuló su responsabilidad.
¿Qué papel atribuye la Sala a Willy Huerta?
El tribunal considera que Huerta integró el acuerdo para atentar contra el orden constitucional. Castillo lo llamó personalmente para que presenciara el mensaje y le prestó su celular. Además, Huerta pidió al policía Manuel Lozada que retirara rejas de Palacio para permitir el ingreso de manifestantes.
Huerta asegura que Castillo lo “sorprendió”, pero los jueces no aceptaron su argumento debido a su participación operacional durante los hechos.
¿Quiénes fueron absueltos?
Los policías Manuel Lozada, Jesús Venero y Eder Infanzón quedaron absueltos. La Sala sostiene que no existen pruebas suficientes para vincularlos al acuerdo del golpe, un punto que también refuerza la solidez del fallo sobre la condena a Pedro Castillo.
¿Qué delitos no prosperaron en esta condena a Pedro Castillo?
La Fiscalía también acusó a Castillo por abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. La Sala absolvió a los imputados porque la condena por conspiración ya abarca esas conductas.
¿Por qué esta sentencia marca un precedente?
La Corte Suprema define los límites claros entre un acto político, un anuncio presidencial y un quiebre del orden democrático. La sentencia reconoce que el mensaje del 7 de diciembre no aconteció de manera espontánea, sino como parte de un plan articulado.
El fallo también marca un precedente sobre cómo la justicia evalúa el rol de ministros y asesores en un intento de golpe. Además, refuerza las obligaciones de responsabilidad política y penal de los altos funcionarios.
Condena a Pedro Castillo: Un fallo con impacto institucional
El fallo sobre la condena a Castillo muestra que las instituciones del Estado respondieron ante un quiebre constitucional. La sentencia fija un estándar judicial para futuros procesos y envía un mensaje claro sobre los límites del poder político cuando una autoridad intenta romper el orden democrático.
La Corte Suprema coloca este caso como un hito en la historia reciente del Perú. El país continúa evaluando las consecuencias políticas y sociales del intento de golpe del 7 de diciembre de 2022, pero el sistema judicial ya dejó sentada su posición.
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