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hace 8 años,
El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Áncash, dictó 9 meses de prisión preventiva en contra de Felipe Jorge Bazán Soto, investigado por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Cohecho Pasivo Impropio, en agravio del Estado – Unidad de Gestión Educativa Local (Ugel) Ocros.
El magistrado impuso la referida medida coercitiva luego de escuchar y evaluar los fundamentos del Ministerio Público, así como los de la defensa técnica del investigado, teniendo en cuenta la concurrencia de los tres presupuestos señalados en el artículo 268° del Código Procesal Penal (CPP) y lo previsto en la Casación N° 626-2013-Moquegua, referida a la proporcionalidad de la medida y el plazo de la prisión preventiva.
De acuerdo a la imputación fiscal, el investigado Bazán Soto, en su condición de Administrador de la Ugel de la provincia de Ocros, habría solicitado a Daniel Abel Norabuena Romero la suma de S/. 200 soles a cambio de favorecerlo en el trámite para obtener el pago de sus vacaciones truncas.
La resolución judicial también dispone el internamiento del imputado en el Establecimiento Penitenciario de la ciudad de Huaraz.
Cabe precisar que existiendo, de parte de la defensa técnica, una solicitud de Terminación Anticipada, ésta se tramitará una vez que la Fiscalía y el abogado del investigado presenten su acuerdo de Terminación Anticipada sobre la pena y reparación civil a fin de ponerlo en conocimiento de la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Áncash.
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