El Gobierno de Dina Boluarte prorrogó la vigencia de la inmovilización social obligatoria en el departamento de Puno por 10 días calendario, a partir del miércoles 25 de enero, por lo cual todas las personas deberán permanecer en su domicilio desde las 20:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
La medida es complementaria al estado de emergencia dispuesto por Decreto Supremo 009-2023-PCM debido la escalada en la conflictividad social en Puno, donde se han registrado manifestaciones y además actos de violencia contra las instituciones públicas y privadas, así como agresiones contra la integridad personal de los ciudadanos y las autoridades.
¿Qué dice el Decreto Supremo?
El Decreto Supremo 013-2023-PCM, publicado hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que durante el toque de queda las personas pueden circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público
Durante la inmovilización se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles, asistencia, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y actividades conexas.