Disposición de SBS protege en caso de quiebra o disolución de entidad financiera.
El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), que protege los ahorros en el Perú, quedó actualizado hasta por un total de S/ 121,600, tras la modificación realizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Esta modificación aplica para el trimestre de diciembre de 2024 a febrero de 2025, lo que significa que, en caso de quiebra o disolución de una entidad financiera, los depositantes estarán protegidos hasta esa cifra.
¿Por qué se realiza esta actualización?
En el trimestre anterior (de septiembre a noviembre de 2024), el monto máximo de cobertura era de S/ 121,900, pero debido a la variación negativa del Índice de Precios al por Mayor (IPM), se ha reducido ligeramente. La SBS realiza estos ajustes trimestralmente basándose en el comportamiento del IPM, como lo establece la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros (Ley Nº 26702), para garantizar que la cobertura se mantenga alineada con la economía nacional.
¿Qué es el Fondo de Seguro de Depósitos?
El Fondo de Seguro de Depósitos es una herramienta creada para proteger los ahorros de los peruanos en caso de que alguna de las entidades financieras que los maneja quiebre o entre en liquidación. Esta cobertura respalda los depósitos nominativos en cualquier modalidad, ya sea en bancos, empresas financieras, o cajas municipales y rurales, siempre que estas entidades sean miembros del FSD.
¿A quién beneficia el Fondo de Seguro de Depósitos?
La cobertura del FSD beneficia a personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como a los depósitos a la vista de otras personas jurídicas. Es importante destacar que el monto de la cobertura incluye todos los depósitos asegurados que un mismo depositante tiene en una sola entidad financiera, lo que significa que si tienes varias cuentas en el mismo banco, el monto total de tus ahorros estará cubierto hasta S/ 121,600.
Tipos de ahorros cubiertos
El Fondo de Seguro de Depósitos cubre diferentes tipos de depósitos, como:
- Depósitos a la vista: aquellos que puedes retirar en cualquier momento, como las cuentas corrientes.
- Depósitos de ahorro: cuentas donde se acumulan tus ahorros a largo plazo.
- Depósitos a plazo: aquellos con un interés mayor, pero que requieren mantener el dinero por un periodo determinado.
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): los ahorros destinados a la CTS, que también están cubiertos por el FSD.
Además, los intereses corridos de estos depósitos, a partir de la fecha de inicio o de la última renovación, también están protegidos por el fondo.
¿Cómo funciona el pago del Fondo de Seguro de Depósitos?
Cuando una entidad financiera miembro del Fondo de Seguro de Depósitos es declarada en estado de disolución y liquidación, la SBS elabora un listado con los asegurados y los montos a cubrir. El pago del seguro se realiza en función de este listado, garantizando que los ahorros de los usuarios estén protegidos hasta el monto establecido.
¿Cobertura en moneda extranjera?
El Fondo de Seguro de Depósitos también cubre los ahorros en moneda extranjera, pero se realiza el cálculo en su equivalente en moneda nacional. Por ejemplo, si tienes ahorros en dólares, el monto asegurado se calculará en soles, según la tasa de cambio vigente al momento del pago del seguro.
¿Qué sucede con las cuentas mancomunadas?
En el caso de las cuentas mancomunadas, que están a nombre de dos o más personas, el saldo se divide de manera proporcional entre los titulares de la cuenta. Esto asegura que cada titular reciba la cobertura correspondiente según su parte del saldo.
Conclusión
La actualización del monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos refleja la intención de la SBS de mantener una protección constante y ajustada a las condiciones económicas del país. Aunque la cobertura ha disminuido ligeramente, sigue siendo una medida esencial para proteger los ahorros de los peruanos en el sistema financiero. Con este fondo, los depositantes pueden tener la tranquilidad de que sus ahorros están respaldados ante cualquier eventualidad con las entidades financieras.