A partir del 2 de julio.
A partir del 2 de julio, los ciudadanos venezolanos, para ingresar al Perú, deberán un pasaporte ordinario vigente y una visa peruana emitida por un consulado peruano.
Así, lo dispone la nueva normativa de la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) que establece una modificatoria para los ciudadanos venezolanos.
La Resolución N.º 000121-2024-MIGRACIONES, publicada en el diario oficial El Peruano, detalla los documentos necesarios para el control migratorio de los venezolanos .
Esta normativa reemplaza a la Resolución N.º 000177-2019-MIGRACIONES y especifica que para obtener la calidad migratoria temporal o residente-
En ese sentido, se requiere un pasaporte ordinario venezolano vigente y la correspondiente visa emitida por el consulado peruano.
Para obtener la calidad migratoria residente, además de un pasaporte ordinario vigente, se necesita una visa humanitaria vigente otorgada por el consulado peruano.
La resolución también permite que los venezolanos con pasaportes vencidos puedan solicitar un cambio de calidad migratoria, siempre que su última entrada al país haya sido antes del 2 de julio de 2024 y permanezcan en territorio nacional, cumpliendo con los requisitos necesarios.
Además, se indica que las Direcciones de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, y de Registro y Control Migratorio, emitirán las disposiciones complementarias según corresponda a sus competencias.
La normativa entrará en vigencia cinco días después de su publicación en El Peruano.