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Municipios provinciales deben publicar diseño de cédula de sufragio para elegir autoridades en centros poblados

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Foto Bolognesi Noticias: Centro Poblado Ancos

Plazo vence el 23 de agosto.

Las municipalidades provinciales deben publicar el martes 23 de agosto, el diseño de la cédula de sufragio que se emplearán en los comicios de autoridades municipales de 1,914 centros poblados de todo el país, en mérito al cronograma electoral de las elecciones de autoridades de centros poblados correspondiente al año 2022 aprobado por el ONPE.

Del mismo modo, de acuerdo a la Resolución de Gerencia General N°. 000003-2022-GG/ONPE del 27 de abril del presente año, deberán publicar y difundir el procedimiento de ubicación de las candidaturas en las cédulas que se emplearán el domingo 6 de noviembre.

Las cédulas de sufragio son los documentos que utilizarán los electores de los centros poblados para consignar la lista o la candidatura de su preferencia.

Los municipios de centros poblados cuentan con un alcalde y cinco regidores, los que se encargan de las funciones y de los servicios públicos que les han sido delegados por sus municipalidades provinciales. Estas autoridades se eligen por voto universal y secreto de los vecinos. 

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Asimismo, el 26 de agosto, las municipalidades provinciales deben llevar a cabo el sorteo de selección y la publicación de la relación de miembros de mesa para dicho proceso. Posteriormente, se dará inicio al periodo de presentación de tachas que se extenderá hasta el 6 de setiembre.

De acuerdo con la Ley N° 31079, las elecciones de autoridades municipales para centros poblados se deben desarrollar de manera simultánea en todo el territorio, para lo cual la ONPE brinda asistencia técnica de forma gratuita.

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