Perú

Municipalidades asumirán tareas de formalización

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Gobierno compartirá funciones con gobiernos provinciales y distritales.

El Gobierno decidió compartir sus competencias en el proceso de formalización de la propiedad informal y garantizar su cobertura, con las municipalidades provinciales y distritales de todo el país, según se establece en la Ley N° 31560, publicada en el diario oficial El Peruano.

La norma modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y la Ley N° 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos.

¿Cúal será el trabajo de las municipalidades?

La Ley precisa que las municipalidades, según su condición de provincial o distrital, asumirán las competencias y ejercerán funciones específicas en materias de zonificación, catastro urbano y rural, habilitación urbana y saneamiento físico legal de las posesiones informales.

Además, los municipios provinciales aprobarán la regulación en su jurisdicción respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización, así como del saneamiento de la propiedad predial, de cumplimiento de las municipalidades distritales sobre reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de posesiones informales.

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A la par, promoverán la ejecución del reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de posesiones informales a cargo de las municipalidades distritales y, en forma subsidiaria, de las comunas provinciales.

El Ejecutivo, dentro de los 120 días contados desde la vigencia de la ley, adecuará las normas reglamentarias para su implementación.

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