Además, se inhabilitará el vehículo.
Transportistas del servicio urbano e interurbano que no respeten el pase libre a personas con discapacidad severa y con carnet del Conadis serán multadas.
Ana Valeria Hobispo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), recuerda que la Ley N.º 30412 dispone el pase libre para las personas con discapacidad severa en todos los medios de transporte.
Por ello, para gozar de este beneficio el usuario debe presentar el carné de color amarillo que acredita la discapacidad severa, documento que es otorgado por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)
Las multas a las empresas de transportes de pasajeros que incumplan la norma, pueden ser multadas con el 20% de una UIT, equivalente a S/ 990.00.
Además, sumado a la multa, se procederá con la inhabilitación del vehículo para prestar el servicio de transporte público por cinco (05) días.
Asimismo, el conductor del vehículo podría ser inhabilitado para brindar el servicio por 30 días; y, como medida preventiva, se retendrá la licencia de conducir.
La ATU es la encargada de fiscalizar y sancionar las infracciones a la norma en Lima y Callao; y, las municipalidades provinciales, en las regiones.
El pase libre aplica para trayectos dentro de una misma localidad, a excepción de Lima y Callao, más no para viajes interprovinciales.
¿Cómo denunciar?
La persona con discapacidad severa u otra persona que evidenció el incumplimiento de dicha norma pueden denunciar el hecho en la comisaría más cercana, presentando evidencias, como el nombre de la empresa de transporte, número de placa, fotos y/o vídeos que agilicen el procedimiento.
De acuerdo con la Ley N.º 30412, las personas con discapacidad severa pueden hacer uso de este beneficio en servicios tales como: Metro de Lima, Metropolitano, corredores complementarios (para Lima), buses y combis (para Lima y regiones), presentando el carné amarillo que emite el Conadis.
No obstante, es importante precisar que el pase libre solo aplica para viajes dentro de una misma localidad, a excepción de los viajes de Lima a Callao y viceversa. Es decir, no aplica para viajes interprovinciales.