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Pallasca: Abogado denuncia a jueza de Cabana por presuntamente recortar el derecho de defensa

El abogado Jorge Sifuentes presentó una queja ante Odecma del Santa contra la jueza de Cabana por presunta vulneración del derecho de defensa durante audiencia virtual.

La queja contra jueza Marjorie Natali Pimentel Ventura se presentó ante la Oficina Descentralizada de Control de la Magistratura (Odecma) del Santa por presunto recorte del derecho de defensa y amenazas contra un abogado durante una audiencia virtual en Cabana, Pallasca. El hecho ocurrió el 19 de diciembre de 2022, según denunció el letrado Jorge Enrique Sifuentes Reyes.

El abogado afirmó que la magistrada, titular del Juzgado de Paz de Cabana, continuó una audiencia por Google Meet pese a que su patrocinada no participó y pese a que existía una demanda de tenencia en trámite ante un juez mixto. Además, sostuvo que la jueza otorgó el uso de la palabra a la parte demandante para alegatos finales, pero no a la defensa.

Marjorie Ventura Pimentel

Presunta vulneración del derecho de defensa

Sifuentes Reyes indicó que recordó a la magistrada el artículo 290 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que garantiza el derecho de defensa. Sin embargo, señaló que la jueza cerró la audiencia sin concederle la palabra y ordenó finalizar la grabación.

El abogado consideró que esa decisión vulneró garantías básicas del debido proceso. Por ello, formalizó la queja contra jueza ante Odecma del Santa.

Denuncia ante Odecma del Santa

El letrado presentó la queja contra jueza ante la Corte Superior de Justicia del Santa. Solicitó que el órgano de control evalúe la conducta funcional y determine responsabilidades.

Asimismo, anunció que entregará audios y videos de la audiencia como medios probatorios.

Impacto institucional y pedido de investigación

“El Poder Judicial no puede tolerar conductas que afecten la imagen institucional”, declaró el abogado a este medio. También cuestionó la permanencia de jueces supernumerarios que, según dijo, dañan la credibilidad del sistema.

Odecma deberá revisar los elementos probatorios y decidir si abre procedimiento disciplinario. El resultado marcará un precedente sobre la protección efectiva del derecho de defensa en audiencias virtuales.

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